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Deducciones con l\u00edmite conjunto anual de 500 euros por contribuyente:<\/p>\n\n\n\n
Deducci\u00f3n del 15% de las cantidades dinerarias o de medios materiales donados para promover las actividades de inter\u00e9s general reconocidas en el marco de la Estrategia Regional de Mecenazgo.<\/p>\n\n\n\n
Deducci\u00f3n del 15% de las cantidades dinerarias o de medios materiales donados para la investigaci\u00f3n, conservaci\u00f3n, restauraci\u00f3n, rehabilitaci\u00f3n, consolidaci\u00f3n, difusi\u00f3n, exposici\u00f3n y adquisici\u00f3n de bienes ubicados en La Rioja, cuya titularidad sea de la Administraci\u00f3n de La Rioja y\/o que hayan sido declarados expresa e individualmente bienes de inter\u00e9s cultural e inscritos como tales en el Inventario de Patrimonio Hist\u00f3rico de La Rioja.<\/p>\n\n\n\n
Deducciones con l\u00edmite individual anual de 500 euros por contribuyente:<\/p>\n\n\n\n
Deducci\u00f3n del 20% de las cantidades donadas para el desarrollo de determinadas actividades culturales y art\u00edsticas por empresas culturales con domicilio fiscal en La Rioja y cuyos fondos propios sean inferiores a 300.000 euros.<\/p>\n\n\n\n
Deducci\u00f3n del 20% de la valoraci\u00f3n de los bienes culturales donados, o sobre los que se constituya un derecho real de usufructo o deposito temporal sin contraprestaci\u00f3n, en favor de las instituciones culturales de La Rioja.<\/p>\n\n\n\n
Esta deducci\u00f3n podr\u00e1 ser aplicada por los autores de los bienes o sus herederos. Incentivos en el Impuesto sobre el Patrimonio: Se podr\u00e1 aplicar una deducci\u00f3n del 25% del valor de los bienes o derechos que se destinen (durante el a\u00f1o posterior a la fecha de devengo del impuesto) a constituir una fundaci\u00f3n o a ampliar la dotaci\u00f3n fundacional de una fundaci\u00f3n existente<\/p>\n<\/div><\/details><\/div>\n\n\n\n
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PKF Attest como asesor en incentivos fiscales de entertainment<\/h2>\n\n\n\n PKF Attest Entertainment se posiciona como una fuente de calidad y buena reputaci\u00f3n en el asesoramiento legal y fiscal brindando a las empresas y personas f\u00edsicas del sector del entretenimiento (productoras, estudios de cine, agencia, teatros, plataformas, m\u00fasicos y artistas, eventos deportivos y organizaciones, etc.) una gu\u00eda experta basada en d\u00e9cadas de experiencia y un enfoque proactivo hacia el \u00e9xito empresarial sostenible.<\/p>\n\n\n\n
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Asesoramiento al productor<\/h4>\n Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit.<\/p>\n <\/div>\n<\/div>\n<\/figure>\n\n\n\n\n
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Redacci\u00f3n de los documentos<\/h4>\n Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit.<\/p>\n <\/div>\n<\/div>\n<\/figure>\n\n\n\n\n
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Asistencia jur\u00eddica, fiscal y contable al socio financiador<\/h4>\n Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit.<\/p>\n <\/div>\n<\/div>\n<\/figure><\/div><\/div>\n\n\n\n
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Redacci\u00f3n de pactos entre socios<\/h4>\n Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit.<\/p>\n <\/div>\n<\/div>\n<\/figure>\n\n\n\n\n
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Validaci\u00f3n del gasto<\/h4>\n Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit.<\/p>\n <\/div>\n<\/div>\n<\/figure>\n\n\n\n\n
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Asesoramiento al productor<\/h4>\n Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit.<\/p>\n <\/div>\n<\/div>\n<\/figure><\/div><\/div>\n<\/div><\/div>\n<\/div><\/div>\n<\/div><\/div>\n\n\n\n
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An\u00e1lisis fiscal de la estructura<\/h2>\n\n\n\n\nAn\u00e1lisis de los requisitos necesarios para que el productor genere los incentivos fiscales a traspasar a los financiadores (art\u00edculos 36 y 39 Ley del Impuesto sobre Sociedades). <\/li>\n\n\n\n An\u00e1lisis de los requisitos atendiendo a la doctrina elaborada por la Direcci\u00f3n General de Tributos en relaci\u00f3n con dichas estructuras.<\/li>\n\n\n\n Prestar el soporte preciso al objeto de que la estructura resultante de la operaci\u00f3n planteada permita la aplicaci\u00f3n la deducci\u00f3n relativa a las producci\u00f3n y exhibici\u00f3n de espect\u00e1culos en vivo en producciones de contenida en el art\u00edculo 36 y 39 de la LIS.<\/li>\n<\/ol>\n<\/div><\/div>\n<\/div><\/div>\n\n\n\n<\/div>\n\n\n\n
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\u00bfC\u00f3mo funcionan los contratos?<\/h2>\n\n\n\n El beneficio para el financiador viene determinado por la diferencia entre la financiaci\u00f3n aportada y el importe de los cr\u00e9ditos fiscales que se imputar\u00e1 (deducciones en cuota) en su autoliquidaci\u00f3n del IRPF(RAE) o IS, con un m\u00e1ximo del 120%.<\/p>\n\n\n\n
El inversor contabilizar\u00e1 como ingreso financiero la diferencia entre el desembolso realizado y la deducci\u00f3n a aplicar en su autoliquidaci\u00f3n del IS\/IRPF. Dicho ingreso est\u00e1 sujeto al IRPF (base imponibledel ahorro) o al IS.<\/p>\n\n\n\n <\/figure>\n<\/div><\/div>\n<\/div><\/div>\n\n\n\n<\/div>\n\n\n\n
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Beneficios para el inversor<\/h3>\n\n\n\n El beneficio para el inversor viene determinado por la diferencia entre la inversi\u00f3n realizada en la adquisici\u00f3n de participaciones de la AIE y el importe de los cr\u00e9ditos fiscales que se imputar\u00e1 (BINS y deducciones en cuota) en su autoliquidaci\u00f3n del IRPF (RAE) o IS.<\/p>\n\n\n\n
El inversor contabilizar\u00e1 su participaci\u00f3n y aportaci\u00f3n a la Agrupaci\u00f3n de Inter\u00e9s Econ\u00f3mico como un instrumento financiero (Informe del ICAC de 25 de marzo de 2009).La empresa\/empresario obtendr\u00e1 como m\u00ednimo:<\/p>\n\n\n\n
20% de rentabilidad de la inversi\u00f3n realizada (garantizada \u201cpor Ley\u201d mediante la suscripci\u00f3n del contrato de financiaci\u00f3n) Si esta inversi\u00f3n se hace a trav\u00e9s de una AIE la rentabilidad podr\u00eda ser mayor en funci\u00f3n de la estructuraci\u00f3n de la producci\u00f3n.<\/p>\n<\/div><\/div>\n\n\n\n
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\u00bfQui\u00e9n me devuelve el dinero invertido<\/summary>\n
Deducciones con l\u00edmite conjunto anual de 500 euros por contribuyente:<\/p>\n<\/div><\/details><\/div>\n\n\n\n
\u00bfCu\u00e1nto tengo que invertir?<\/summary>\n
Deducciones con l\u00edmite conjunto anual de 500 euros por contribuyente:<\/p>\n<\/div><\/details><\/div>\n<\/div><\/div>\n<\/div><\/div>\n\n\n\n
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Beneficios para el productor<\/h3>\n\n\n\n El productor, con la entrada de inversores a los cuales imputa las deducciones que genera y no puede aplicar, monetiza gran parte de esas deducciones consiguiendo as\u00ed financiaci\u00f3n para nuevas producciones.<\/p>\n\n\n\n
Pero, si entra un inversor, \u00bftendr\u00e9 un socio con derecho a mi obra? NO, los inversores s\u00f3lo gozar\u00e1n de la imputaci\u00f3n de las deducciones sin que tengan derecho alguno sobre la obra realizada.<\/p>\n<\/div><\/div>\n\n\n\n
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Si entra un inversor, \u00bftiene derechos sobre mi obra?<\/summary>\n
Deducciones con l\u00edmite conjunto anual de 500 euros por contribuyente:<\/p>\n<\/div><\/details><\/div>\n\n\n\n
Los incentivos fiscales a inversiones en producciones esc\u00e9nicas, \u00bfincluyen actuaciones en directo?<\/summary>\n
Deducciones con l\u00edmite conjunto anual de 500 euros por contribuyente:<\/p>\n<\/div><\/details><\/div>\n<\/div><\/div>\n<\/div><\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"","protected":false},"author":11,"featured_media":0,"parent":0,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"page-templates\/page-attest-legal-fiscal-servicios.php","meta":{"_genesis_hide_title":false,"_genesis_hide_breadcrumbs":false,"_genesis_hide_singular_image":false,"_genesis_hide_footer_widgets":false,"_genesis_custom_body_class":"","_genesis_custom_post_class":"","_genesis_layout":"","footnotes":""},"acf":[],"yoast_head":"\n
Incentivos fiscales en entretenimiento - PKF Attest Asesoramiento legal y fiscal<\/title>\n \n \n \n \n \n \n \n \n \n \n \n\t \n