En PKF Attest queremos mostrar a nuestros clientes, proveedores, organismos de control y terceros en general, nuestro compromiso de actuación profesional en el desarrollo de nuestros servicios profesionales atendiendo al principio de ética profesional y al cumplimiento de las disposiciones normativas.
Por ello y atendiendo a las exigencias de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, hemos puesto a su disposición un canal para plantear denuncias y consultas sobre cuestiones éticas denominado Canal de Denuncias, operado internamente por PKF Attest.
El Canal de Denuncias facilita la comunicación de posibles conductas constitutivas de infracción, irregulares y/o inadecuadas.
El Canal de Denuncias podrá ser utilizado por todos profesionales de la Firma PKF Attest, así como clientes, proveedores, organismos de control y terceros en general que mantengan o hayan mantenido una relación profesional con PKF Attest.
El Canal de Denuncias garantiza la confidencialidad y el anonimato por los informantes que deseen utilizar este medio de comunicación de información y debe utilizarse para informaciones que guarden relación con los siguientes asuntos:
> Controles internos
> Irregularidades financieras
> Irregularidades contables
> Infracciones de la normativa de productos y mercados financieros
> Infracciones de la normativa de protección del Medio Ambiente
> Seguridad de datos y privacidad
> Infracciones de los procedimientos y normativa relacionada con la Prevención del Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo
> Acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracciones del Derecho de la Unión Europea, del Derecho Penal español y/o constitutivas de infracción administrativa grave o muy grave en España (en aplicación de los criterios del artículo 2 de la Ley 2/2023)
Comunicación de informaciones. Canal de Denuncias
PKF Attest configura el Canal de Denuncias a través de dos vías para comunicar las informaciones:
1. Buzón de correo electrónico canaldedenuncias@pkf-attest.es
El informante podrá hacer uso de este buzón mediante el envío de una comunicación, con los siguientes datos: identidad (nombre, apellidos y DNI o equivalente), relación con PKF Attest, al menos un dato de contacto (teléfono y/o correo electrónico), motivo de la comunicación y archivos relacionados.
Igualmente, el informante podrá indicar expresamente su intención de preservar su anonimato sin necesidad de incorporar los datos relativos a su identidad.
2. Reuniones presenciales o por videoconferencia A solicitud del informante a través de comunicación al buzón canaldedenuncias@pkf-attest.es, también podrán presentarse informaciones mediante reunión presencial o videoconferencia dentro del plazo máximo de siete (7) días desde la recepción de la solicitud con el Responsable del sistema interno de información de PKF Attest.
Estas comunicaciones podrán ser grabadas por PKF Attest de forma segura, ofreciéndose al informante la oportunidad de ejercer sus derechos de comprobación y rectificación.
A cualquiera de estas dos vías les resulta de aplicación la Política de Privacidad del canal de denuncias y que el informante reconoce haber leído y entendido al comunicar la información.
Gestión de las informaciones
Una vez recibida la comunicación PKF Attest acusará recibo de la misma en el plazo de siete (7) días desde la recepción y el Responsable del sistema interno de información revisará su contenido y determinará las acciones oportunas a emprender, pudiendo solicitar información adicional, si así se entiende conveniente, a través de los datos de contacto que el informante facilite.
El informante tendrá derecho a hacer un seguimiento del asunto, su desarrollo y conclusión, sobre la cual el Comité dispondrá de un plazo de tres (3) meses a contar desde el acuse de recibo de tal comunicación para pronunciarse.
Garantías y confidencialidad
PKF Attest garantiza la confidencialidad y el anonimato de los informantes que deseen utilizar el Canal de Denuncias. Igualmente, garantiza que ninguno de los informantes se verá perjudicado de modo alguno por haber cursado la comunicación tanto si se concluye la demostración de la infracción comunicada como si no.
Canal externo de denuncias (Autoridad Independiente de Protección del Informante A.A.I.)
Sin perjuicio de la posibilidad de reportar las informaciones a través del Canal de Denuncias interno habilitado por PKF Attest, los informantes pueden cursar estas informaciones en el canal externo de denuncias gestionado por la Autoridad Independiente de Protección del Informante A.A.I.