Durante el mes de febrero hay que tener en cuenta, en materia fiscal, diversas declaraciones tributarias que han de ser presentadas:
Pago Fraccionado
En febrero, determinadas empresas (pymes) pueden elegir la opción de pago fraccionado a cuenta del Impuesto sobre Sociedades que más les pueda interesar. Si se prevé que los ingresos de la sociedad van a caer durante el año 2025, por cualquier motivo, seguramente interese pagar menos en la liquidación del pago fraccionado.
Para ello, durante el mes de febrero existe la opción de elegir la modalidad de base imponible para calcular los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades, acomodando los pagos fraccionados de 2025 a los resultados esperados, debiendo ejercitar dicha opción en febrero a través del modelo 036.
Declaración Informativa de Operaciones con Terceras Personas (Modelo 347)
Durante este mes de febrero y hasta el 28 del mismo, todos los contribuyentes (a excepción de los que presentan SII) deberán presentar la declaración anual de operaciones con terceros.
Se debe relacionar a todas aquellas personas o entidades, con quienes hayan efectuado operaciones que en su conjunto para cada una de dichas personas o entidades hayan superado la cifra de 3.005,06 € (IVA incluido) durante el año natural, computándose de forma separada entregas de bienes y servicios y adquisiciones.
Además, caben destacar novedades legislativas, diversas consultas y criterios administrativos de interés:
Impuesto sobre sociedades
- Establecimiento permanente. Un ordenador puede entenderse EP
- Mejoras en la Reserva de capitalización
Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas
- Retribución en especie, Vehículos cedidos por la empresa a los trabajadores
- Implicaciones fiscales de la compra de la vivienda de padres a hijos
Otros Impuestos
- ITP/AJD, como afecta la liberación de deudores hipotecarios
- Procedimiento de recaudación, sucesores mortis causa de la deuda tributaria
Haciendas Forales
- Modificación y mejora en el IVA a la importación desde 2026
- Incentivos a la cultura, extensión de beneficios fiscales
- Separación del patrimonio inmobiliario de la actividad de la empresa