En la aprobación reciente de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 se ha incorporado una modificación de la Ley de Auditoría de Cuentas que va a posibilitar a los auditores de Entidades de Interés Público (EIPs) el prorrogar los contratos de auditoría de dichas entidades hasta los 20 años, si se realiza un concurso público al finalizar el periodo actual máximo de 10 años, o hasta los 24 años si se adopta la coauditoría con otro auditor (14 años adicionales en lugar de los 4 actuales).
Dichos cambios están en línea con el Reglamento europeo sobre la auditoría legal de EIPs y que, en su momento, nuestro legislador no quiso adoptar siendo más restrictivo.
En relación a la ampliación del plazo de coauditoría desde los 4 hasta los 14 años parece que hay un consenso general en que ayudará a reducir la concentración del mercado auditor de EIPs, a dinamizar dicho mercado y a disminuir el riesgo sistémico del mismo al incorporar la competencia de otras firmas medianas capacitadas.
Impulsar una mayor competencia e independencia era uno de los principales objetivos de la reforma de la UE llevada a cabo en 2014 sobre la auditoría legal de las cuentas anuales y de las cuentas anuales consolidadas y los requisitos específicos para la auditoría legal de las EIPs.
Nuestro legislador recogió en la Ley de Auditoría de Cuentas del año 2015 (LAC 22/2015, de 20 de julio) un cierto fomento de la coauditoría, al facilitar en las prórrogas de los contratos de auditoría de EIPs cuatro años más adicionales de plazo si se contrataba al mismo auditor junto a otro para una actuación conjunta como auditores en ese periodo adicional. Plazo excesivamente corto para motivar una alternativa viable al modelo de auditoría de un único auditor, dado el escaso margen de tiempo que otorgaba para hacer los contratos de coauditoría atractivos en dicho plazo. El hecho es que, desde la aprobación de la LAC en el año 2015, las experiencias de coauditoría en España han sido contadas.
La ampliación del plazo a 14 años incentivará en mucha mayor medida la coauditoría y posibilitará la apertura del mercado de auditoría de EIPs
La práctica de la coauditoría tiene importantes beneficios para la empresa auditada (mejora de la transparencia y calidad de la información financiera y del trabajo de auditoría, mayor objetividad e independencia, fomento de la visión crítica sobre la problemática técnica, etc). Pero, adicionalmente, supone una fórmula que permite la entrada de nuevos actores al mercado de auditoría de grandes empresas, particularmente poco competitivo en nuestro país, al facilitar un incremento de la oferta de alternativas viables para competir en los procesos de elección de auditor.
Sin duda, la ampliación del plazo a 14 años incentivará en mucha mayor medida la coauditoría y posibilitará la apertura del mercado de auditoría de EIPs, consiguiendo que la oferta de los servicios de auditoría gire a través de un mayor número de firmas con suficiente capacidad, reputación y credibilidad.
Respecto al aumento hasta los 20 años del plazo máximo para auditar EIPs si se realiza un concurso público al termino de los 10 primeros, si bien el mismo puede suscitar una amenaza a la independencia al otorgar la posibilidad de que el auditor actual se perpetúe 10 años más, la sujeción a su designación vía concurso público con las suficientes garantías, junto al contexto actual del mercado y de las empresas, donde ya se ha interiorizado la necesidad de aplicar medidas de buen gobierno corporativo que faciliten y promuevan la rotación de auditores como una sana política de gestión, harán que dicha medida aprobada tal vez no tenga un uso generalizado y, por tanto, no suponga un efecto perverso sobre la independencia del auditor.
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