Real Decreto-Ley 11/2022, de 25 de junio, por el que se adoptan y se prorrogan determinadas medidas para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma.
A través de este Real Decreto-Ley, el Gobierno pretende seguir adoptando medidas para reducir los precios de la energía, moderar la inflación y apoyar a los colectivos más vulnerables; tanto prorrogando las ya previstas en el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, como incorporando otras nuevas; así como prorrogar el plazo de determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica en la isla de La Palma.
La norma se estructura en torno a tres capítulos, treinta y un artículos, seis disposiciones adicionales, una disposición transitoria, una disposición derogatoria y seis disposiciones finales:
El Capítulo I prorroga determinadas medidas adoptadas en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania:
- Bonificación extraordinaria y temporal del precio final de determinados productos energéticos, y a la prestación patrimonial de carácter público no tributario temporal a realizar por los operadores al por mayor de productos petrolíferos.
- Ayudas directas que beneficiarán al sector de la pesca y de la acuicultura.
- Un incremento extraordinario del 15% en la prestación de ingreso mínimo vital y en pensiones de jubilación e invalidez, en su modalidad no contributiva.
- Limitación extraordinaria de la actualización anual de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda.
- Prórroga de las medidas de flexibilización de contratos de suministro de gas natural.
- Bono social a los consumidores domésticos de energía eléctrica.
- Las revisiones del precio de la tarifa de último recurso de gas natural.
El Capítulo II integra medidas en materia de transportes:
- Ayudas directas al transporte público terrestre, urbano e interurbano, se recoge una subvención de un 30% de todos los títulos multiviaje.
- Disminución de tarifas en los billetes multiviaje de Renfe y en las concesiones de transporte regular de viajeros por autobús competencia de la Administración General del Estado.
- Obligatorio que en todas las facturas referidas a transportes por carretera realizados entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2022, se refleje de manera desglosada el coste del combustible necesario para la realización del transporte.
El Capítulo III concreta otras medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica:
- Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica.
- Garantía de suministro de agua y energía a consumidores en los que concurra la condición de consumidor vulnerable.
- Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2022 la minoración de la retribución de la actividad de producción de energía eléctrica de las instalaciones de producción de tecnologías no emisoras de gases de efecto invernadero.
- Prórroga en la aplicación del tipo impositivo del 0,5% del Impuesto Especial sobre la Electricidad.
- Aplicación del tipo reducido del 5% del IVA a las entregas de energía eléctrica para favorecer la reducción de la factura final eléctrica a los consumidores domésticos.
- Una limitación del precio máximo, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo (GLP) envasados.
- Ayudas directas para la industria gas intensiva.
La sección segunda del capítulo III, contempla diversas medidas de apoyo al sector agrario. La sección tercera incorpora una serie de medidas laborales y sociales:
- Prórroga, hasta el 31 de diciembre de 2022, de los expedientes de regulación temporal de empleo vinculados a la situación de fuerza mayor temporal.
- Prórroga del aplazamiento del pago de cuotas a la Seguridad Social previsto en diversas normas.
- Nuevo plazo de seis meses desde que la Administración competente declare el fin de la emergencia para que los afectados puedan solicitar las ayudas para hacer frente a los daños personales, vivienda, establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, a corporaciones locales, y a personas físicas o jurídicas.
- Amplían hasta el 31 de diciembre de 2022 la suspensión de los procedimientos de desahucio y lanzamientos.
- Ayuda a personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio, que sean asalariados, autónomos o desempleados.
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