Hoja de ruta sobre la propuesta de Directiva para modernizar el Derecho de sociedades en el ámbito digital
La pandemia de COVID-19 ha demostrado que las herramientas digitales son esenciales para garantizar la continuidad de las operaciones comerciales y las interacciones con las autoridades en temas relacionados con el Derecho de sociedades. Las autoridades deben adaptar sus métodos de trabajo y las formas de cooperación entre ellas, así como con las empresas y otras partes interesadas, para utilizar la tecnología digital. Las empresas, en particular las PYME, deberían poder recurrir plenamente a las herramientas digitales cuando realicen sus operaciones en el mercado único. Además, existe una necesidad creciente de partes interesadas, como los acreedores, profesionales jurídicos o autoridades, para acceder fácilmente y utilizar información empresarial fiable de forma transfronteriza.
La Directiva 2019/1151/UE sobre el uso de herramientas y procesos digitales en el Derecho de sociedades (Directiva de Digitalización) llevó a cabo el primer paso para promover herramientas y procedimientos digitales en ámbito. No obstante, es necesario modernizar más el Derecho de sociedades de la UE por varias razones:
- Actualmente, la transparencia sobre los datos de las empresas en la UE sigue siendo insuficiente.
- El intercambio de información entre registros comerciales y la aplicación del principio de una sola vez (once-only principle) todavía se limita a unas pocas situaciones en el marco de la Directiva sobre Derecho de sociedades.
- Algunos de los procedimientos vigentes en materia de Derecho de sociedades de la UE tampoco están adaptados todavía a la era digital, ya que algunos todavía requieren presencia física o presentación en papel.
En consecuencia, esta propuesta de Directiva tiene por objeto:
- Mejorar la transparencia de las empresas de la UE facilitando más información sobre una base transfronteriza: Esto podría incluir hacer que los datos más comparables de la empresa estén disponibles de forma centralizada a nivel de la UE e introducir nuevos requisitos de divulgación para proporcionar transparencia sobre tipos adicionales de empresas.
- Permitir el uso transfronterizo de datos fiables de las empresas: esto podría abordar el uso de la información de la empresa disponible en los registros comerciales a través de BRIS (Sistema de Interconexión de Registros Comerciales) en procedimientos administrativos y judiciales transfronterizos y ampliar la aplicación del principio de una sola vez en los intercambios transfronterizos entre registros comerciales.
- Seguir modernizando las normas del Derecho de sociedades de la UE para adaptarlas a la era digital: esto podría referirse a posibilitar la presentación en línea de todos los documentos e información conforme a los procedimientos del Derecho de sociedades y garantizar que no se requiera la presencia física salvo en casos excepcionales; posibilitar la creación de una sociedad distinta de la sociedad de responsabilidad limitada totalmente en línea, así como evaluar la necesidad de abordar desarrollos como las empresas virtuales en la normativa de la UE.
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