Durante el mes de diciembre, aquellas empresas que estén interesadas y cumplan los requisitos, deben solicitar para el año 2022 los grupos fiscales tanto a efectos del Impuesto sobre Sociedades, como del IVA. Las que ya lo tienen, deben informar de las alteraciones en la composición del grupo. Además se deben ejercer determinadas opciones tributarias para que tengan efecto en el año 2022.
AEAT/Bizkaia/Gipuzkoa/Navarra 31/12/2021 – Álava 03/01/2022
IVA – Modelo 039. Comunicación de alta y datos régimen especial de grupo de entidades
y modalidad avanzada.
IVA – Modelo 036. Declaración censal de alta, modificaciones y baja en el censo de
empresarios, profesionales y retenedores.
IVA – Modelo 036/Modelo 037. Opción, renuncia y revocación en el régimen especial
REBU, Criterio de caja, Agricultura y simplificado.
IVA – Modelo 034. Alta/Baja Reg. especial servicios telecomunicaciones/vía electrónica. (Solo Gipuzkoa).
IVA – Modelo 036/Modelo 037. Opción tributación en destino venta a distancia UE
2022/2023.
IVA – Modelo 036. Solicitud Alta/Baja Registro Devolución Mensual Grupo de Entidades.
IVA – Renuncia al Régimen de deducción común para sectores diferenciados.
IRPF – 003. Opción pago fraccionado bimestral para 2022.
IRPF – Modelo 036/Modelo 037. Renuncia o revocación estimación directa simplificada
o estimación objetiva 2022 y sucesivos.
IVA – Renuncia al Régimen de deducción común para sectores diferenciados. (Excepto AEAT).
Bizkaia 28/12/2021
IS – Modelo 231. Declaración de información país por país.
AEAT/Gipuzkoa/Alava/Navarra 31/12/2021
IS – Modelo 231. Declaración de información país por país.
*Bizkaia: En el mes de diciembre se prevé (aun no se ha aprobado oficialmente el procedimiento) la posibilidad de acogerse voluntariamente al sistema BATUZ-TICKETBAI, con efectos 01/01/2022.