En febrero, determinadas empresas (pymes) pueden elegir la opción de pago fraccionado a cuenta del Impuesto sobre Sociedades que más les pueda interesar.
Si se prevé que los ingresos de la sociedad van a caer durante el año 2023 año por cualquier motivo seguramente interese pagar menos en la liquidación del pago fraccionado.
Para ello, durante el mes de febrero, existe la opción de elegir la modalidad de base imponible para calcular los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades, acomodando los pagos fraccionados de 2023 a los resultados esperados, debiendo ejercitar dicha opción en febrero a través del modelo 036.
Como regla general, la base para calcular el pago fraccionado es la cuota íntegra del último periodo impositivo vencido, minorada en las deducciones y bonificaciones de aplicación, así como en las retenciones e ingresos a cuenta correspondientes a dicho periodo impositivo.
Hay una segunda opción, en la que el importe de los pagos fraccionados del ejercicio se calcularía en función de la base imponible de los 3, 9 u 11 primeros meses del ejercicio.
Sin embargo, para las grandes empresas, aquellas cuya cifra de negocios haya superado los seis millones de euros en el año anterior, la aplicación de esta segunda modalidad es obligatoria.