{"id":6955,"date":"2022-04-20T17:24:00","date_gmt":"2022-04-20T17:24:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.pkf-attest.es\/?post_type=noticias&p=6955"},"modified":"2024-10-23T14:08:36","modified_gmt":"2024-10-23T14:08:36","slug":"cambio-de-criterio-del-teac-en-relacion-a-la-entrega-de-vehiculos-a-los-empleados-como-retribucion-en-especie-y-su-consideracion-a-efectos-de-iva","status":"publish","type":"noticias","link":"https:\/\/www.pkf-attest.es\/noticias\/cambio-de-criterio-del-teac-en-relacion-a-la-entrega-de-vehiculos-a-los-empleados-como-retribucion-en-especie-y-su-consideracion-a-efectos-de-iva\/","title":{"rendered":"Cambio de criterio del TEAC en relaci\u00f3n a la entrega de veh\u00edculos a los empleados como retribuci\u00f3n en especie y su consideraci\u00f3n a efectos de IVA"},"content":{"rendered":"
El Tribunal Econ\u00f3mico Administrativo Central (TEAC), en su resoluci\u00f3n de 22 de febrero de 2022, realiza un importante cambio de criterio en relaci\u00f3n con el tratamiento que debe darse, a efectos de IVA, en las entregas de veh\u00edculos que una empresa realiza a favor de sus empleados.<\/p>\n
Tradicionalmente, la Direcci\u00f3n General de Tributos y la Inspecci\u00f3n tributaria ven\u00edan considerando con car\u00e1cter general que cuando dentro del paquete retributivo de un empleado se incluyera un veh\u00edculo, exist\u00eda una operaci\u00f3n sujeta a IVA.<\/p>\n
As\u00ed, ven\u00edan asimilando las retribuciones en especie a efectos del IRPF con operaciones sujetas a IVA, y por tanto la empresa deb\u00eda repercutir el IVA correspondiente al trabajador, sin necesidad de probar la existencia del v\u00ednculo entre el bien entregado o servicio prestado, y la contraprestaci\u00f3n recibida.<\/p>\n
Pues bien, sobre la base de diversas sentencias del Tribunal de Justicia de la Uni\u00f3n Europea (TJUE), el TEAC cambio ahora el criterio anterior, por entender que no se adapta a la jurisprudencia comunitaria.<\/p>\n
As\u00ed, para que exista una operaci\u00f3n sujeta a IVA hay que considerar que debe existir un v\u00ednculo directo entre la entrega del bien o prestaci\u00f3n del servicio, y la contraprestaci\u00f3n recibida.<\/strong> Y por tanto, conforme a los criterios generales indicados por el TJUE, hay que determinar si la entrega del bien o prestaci\u00f3n del servicio se realiza a t\u00edtulo oneroso, o a t\u00edtulo gratuito.<\/p>\n Conforme a los criterios del TJUE ahora adoptados por el TEAC, se trata de operaciones a t\u00edtulo oneroso, y por tanto debe existir repercusi\u00f3n de IVA, aquellos casos en los que existe una relaci\u00f3n directa entre la entrega del bien o prestaci\u00f3n del servicio realizada por el empleador, y la contraprestaci\u00f3n recibida a cambio, siempre que dicha operaci\u00f3n sea cuantificable econ\u00f3micamente.<\/strong><\/p>\n Esto ocurre por ejemplo cuando el empleador entrega el veh\u00edculo al empleado y (i) el empleado abona una renta al empleador, o (ii) renuncia a una parte de su salario monetario, o (iii) se prev\u00e9 expresamente qu\u00e9 parte del trabajo (valorado econ\u00f3micamente) es una contraprestaci\u00f3n por dicho veh\u00edculo. En los dem\u00e1s casos, no debe haber repercusi\u00f3n alguna de IVA por parte del empleador.<\/p>\n Por tanto, y conforme a lo anterior, no puede concluirse de forma autom\u00e1tica que cuando existe una retribuci\u00f3n en especie a efectos de IRPF, hay una contraprestaci\u00f3n onerosa a efectos de IVA. En estos casos debe hacerse un an\u00e1lisis individualizado de cada caso. A esta misma conclusi\u00f3n ha llegado la Audiencia Nacional en una sentencia muy reciente (de diciembre de 2021).<\/p>\n Por lo tanto, recomendamos que se revise la consideraci\u00f3n a efectos de IVA de las retribuciones en especie, con el fin de verificar su adecuaci\u00f3n al criterio establecido por el TEAC sobre la base de la jurisprudencia comunitaria.<\/p>\n [button link=\u00bbhttps:\/\/www.pkf-attest.es\/wp-content\/uploads\/2022\/04\/Cambio-de-criterio-del-TEAC-Vehiculos.pdf\u00bb color=\u00bbsilver\u00bb newwindow=\u00bbyes\u00bb] DESCARGAR DOCUMENTO EN PDF AQU\u00cd > [\/button]<\/p>\n [\/et_pb_text][\/et_pb_column][\/et_pb_row][\/et_pb_section]<\/p>\n","protected":false},"featured_media":7041,"template":"noticias-corporativa-single-post.php","categories":[],"tags":[118,119],"novedades_corporativa":[53],"acf":[],"yoast_head":"\n