{"id":6957,"date":"2022-04-20T15:24:00","date_gmt":"2022-04-20T15:24:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.pkf-attest.es\/?post_type=noticias&p=6957"},"modified":"2025-03-03T12:49:38","modified_gmt":"2025-03-03T12:49:38","slug":"guerra-ucrania-cuentas-anuales-y-el-informe-de-gestion-del-ejercicio-2021","status":"publish","type":"noticias","link":"https:\/\/www.pkf-attest.es\/noticias\/guerra-ucrania-cuentas-anuales-y-el-informe-de-gestion-del-ejercicio-2021\/","title":{"rendered":"La Guerra Ucrania y la preparaci\u00f3n de las cuentas anuales"},"content":{"rendered":"
En relaci\u00f3n con la situaci\u00f3n de guerra en Ucrania<\/strong>, a continuaci\u00f3n les indicamos una serie de cuestiones que se deben tener en cuenta en la preparaci\u00f3n de las cuentas anuales y el informe de gesti\u00f3n (individuales y consolidadas) del ejercicio 2021:<\/p>\n En primer lugar, es necesario que se analice en cada trabajo si esta situaci\u00f3n puede tener la relevancia suficiente para ser considerada como un hecho posterior al cierre del ejercicio, a ser informado en las cuentas anuales. La consideraci\u00f3n o no depender\u00e1 de, entre otros factores, la situaci\u00f3n del conflicto en cada momento y sus repercusiones, el sector de actividad de la empresa y las circunstancias espec\u00edficas de cada Sociedad\/Entidad.<\/p>\n Si tras el an\u00e1lisis anterior, se concluye que estamos ante un hecho posterior que impacta en los estados financieros de nuestro cliente, dicho hecho posterior ser\u00e1 en todo caso del tipo 2 de los considerados en el PGC, es decir, se tratar\u00eda de un hecho posterior que requiere informaci\u00f3n en memoria, pero no ajustar las cifras de las cuentas anuales, dado que no se trata de hechos existentes al cierre del ejercicio.<\/p>\n En este sentido Recordemos que la Norma 23\u00aa del PGC diferencia dos tipos de hechos posteriores:<\/p>\n Los hechos posteriores que pongan de manifiesto condiciones que ya exist\u00edan al cierre del ejercicio<\/em><\/strong>, deber\u00e1n tenerse en cuenta para la formulaci\u00f3n de las cuentas anuales. Estos hechos posteriores motivar\u00e1n en las cuentas anuales, en funci\u00f3n de su naturaleza, un ajuste, informaci\u00f3n en la memoria o ambos<\/strong>. Los hechos posteriores al cierre del ejercicio que pongan de manifiesto condiciones que no exist\u00edan al cierre del mismo, no supondr\u00e1n un ajuste en las cuentas anuales. No obstante<\/strong>, cuando los hechos sean de tal importancia que si no se facilitara informaci\u00f3n al respecto podr\u00eda distorsionarse la capacidad de evaluaci\u00f3n de los usuarios de las cuentas anuales, se deber\u00e1 incluir en la memoria informaci\u00f3n respecto a la naturaleza del hecho posterior conjuntamente con una estimaci\u00f3n de su efecto o, en su caso, una manifestaci\u00f3n acerca de la imposibilidad de realizar dicha estimaci\u00f3n.<\/strong><\/em><\/p>\n En cuanto a la informaci\u00f3n a revelar en la memoria, sea esta normal, abreviada, o de pymes (nota de Hechos posteriores), el PGC establece que se informar\u00e1 de:<\/p>\n Los hechos posteriores que muestren condiciones que no exist\u00edan al cierre del ejercicio <\/em><\/strong>y que sean de tal importancia que, si no se suministra informaci\u00f3n al respecto, podr\u00eda afectar a la capacidad de evaluaci\u00f3n de los usuarios de las cuentas anuales. En particular se describir\u00e1 el hecho posterior y se incluir\u00e1 la estimaci\u00f3n de sus efectos. En el supuesto de que no sea posible estimar los efectos del citado hecho, se incluir\u00e1 una manifestaci\u00f3n expresa sobre este extremo, conjuntamente con los motivos y condiciones que provocan dicha imposibilidad de estimaci\u00f3n<\/strong>.<\/em><\/p>\n Por consiguiente, las entidades deben evaluar la importancia que la situaci\u00f3n est\u00e1 teniendo y\/o puede tener en la misma y en funci\u00f3n de ello deben describir en la nota de Hechos posteriores de la memoria la naturaleza del evento y una estimaci\u00f3n de sus efectos econ\u00f3micos-financieros, o bien deben hacer una declaraci\u00f3n de que dicha estimaci\u00f3n no se puede hacer y los motivos de ello.<\/strong><\/p>\n Entre las posibles revelaciones en los estados financieros del 31 de diciembre de 2021 que pueden ser necesarias como resultado de la guerra en Ucrania podemos incluir, entre otras:<\/p>\n Otros aspectos importantes que se deben analizar son:<\/p>\n – Tests de deterioro<\/strong>: es de esperar que los pron\u00f3sticos, las proyecciones y los supuestos asociados utilizados para las pruebas de deterioro no reflejen efecto de este conflicto. La raz\u00f3n de esto es que, al medir el importe recuperable de los activos financieros y no financieros (y UGEs), es necesario utilizar proyecciones que se basen en suposiciones razonables y soportadas que representen la mejor estimaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n del rango de condiciones econ\u00f3micas que existir\u00e1n durante el per\u00edodo de vida \u00fatil restante del activo. Esos supuestos razonables y justificados deben hacerse en la fecha de las cuentas anuales, en general el 31 de diciembre de 2021.<\/p>\n – En consecuencia, se deben revisar las previsiones, proyecciones y valoraciones utilizadas para los c\u00e1lculos de deterioro al 31 de diciembre de 2021, a fin de garantizar que los eventuales efectos significativos del conflicto no se incorporen de forma retrospectiva.<\/p>\n Eso s\u00ed, y como hemos comentado anteriormente, cuesti\u00f3n distinta es que se informe como hecho posterior en la nota correspondiente de la memoria del previsible impacto en los test de deterioro del hecho (si esto es posible a la fecha de formulaci\u00f3n).<\/p>\n – Consideraciones sobre empresa en funcionamiento<\/strong>: tal y como establece la 23\u00aa del PGC , \u201cen todo caso, en la formulaci\u00f3n de las cuentas anuales deber\u00e1 tenerse en cuenta toda informaci\u00f3n que pueda afectar a la aplicaci\u00f3n del principio de empresa en funcionamiento. <\/strong>En consecuencia, las cuentas anuales no se formular\u00e1n sobre la base de dicho principio si los gestores, aunque sea con posterioridad al cierre del ejercicio, determinan que tienen la intenci\u00f3n de liquidar la empresa o cesar en su actividad o que no existe una alternativa m\u00e1s realista que hacerlo\u201d.<\/p>\n \u00a0– <\/em>Informe de gesti\u00f3n: <\/strong>Como es sabido el art\u00edculo 262 de la LSC que establece el contenido del informe de gesti\u00f3n, requiere informar sobre \u201c(…) los acontecimientos importantes para la sociedad ocurridos despu\u00e9s del cierre del ejercicio, (…)”.<\/strong><\/p>\n","protected":false},"featured_media":6372,"template":"noticias-corporativa-single-post.php","categories":[],"tags":[],"novedades_corporativa":[52],"acf":[],"yoast_head":"\n\n