{"id":8080,"date":"2023-02-21T09:46:09","date_gmt":"2023-02-21T09:46:09","guid":{"rendered":"https:\/\/www.pkf-attest.es\/?post_type=noticias&p=8080"},"modified":"2025-03-03T14:47:55","modified_gmt":"2025-03-03T14:47:55","slug":"pago-fraccionado-a-cuenta-del-impuesto-sobre-sociedades","status":"publish","type":"noticias","link":"https:\/\/www.pkf-attest.es\/noticias\/pago-fraccionado-a-cuenta-del-impuesto-sobre-sociedades\/","title":{"rendered":"Pago Fraccionado a cuenta del Impuesto sobre Sociedades"},"content":{"rendered":"\n
Si se prev\u00e9 que los ingresos de la sociedad van a caer durante el a\u00f1o 2023 a\u00f1o por cualquier motivo seguramente interese pagar menos en la liquidaci\u00f3n del pago fraccionado.
Para ello, durante el mes de febrero, existe la opci\u00f3n de elegir la modalidad de base imponible para calcular los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades, acomodando los pagos fraccionados de 2023 a los resultados esperados, debiendo ejercitar dicha opci\u00f3n en febrero a trav\u00e9s del modelo 036.<\/p>\n\n\n\n
Como regla general, la base para calcular el pago fraccionado es la cuota \u00edntegra del \u00faltimo periodo impositivo vencido, minorada en las deducciones y bonificaciones de aplicaci\u00f3n, as\u00ed como en las retenciones e ingresos a cuenta correspondientes a dicho periodo impositivo.<\/p>\n\n\n\n
Hay una segunda opci\u00f3n, en la que el importe de los pagos fraccionados del ejercicio se calcular\u00eda en funci\u00f3n de la base imponible de los 3, 9 u 11 primeros meses del ejercicio.<\/p>\n\n\n\n
Sin embargo, para las grandes empresas, aquellas cuya cifra de negocios haya superado los seis millones de euros en el a\u00f1o anterior, la aplicaci\u00f3n de esta segunda modalidad es obligatoria.<\/p>\n<\/div><\/div>\n<\/div><\/div>\n","protected":false},"featured_media":6829,"template":"noticias-corporativa-single-post.php","categories":[13],"tags":[155,118],"novedades_corporativa":[53],"acf":[],"yoast_head":"\n